Como lo hemos venido platicando en los posts anteriores, la facturación electrónica 3.3 es uno de los cambios más grandes que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dispuesto en años recientes. Para implementar correctamente este nuevo esquema de CFDI, se definió un periodo de convivencia entre la versión 3.2 y la versión 3.3, que iría del 1 de julio al 30 de noviembre, para así migrar a la versión 3.3 de forma obligatoria a partir del 1 de diciembre.

Sin embargo, como resultado de este periodo y del diálogo con asociaciones y agrupaciones empresariales, contadores públicos, desarrolladores de sistemas, proveedores autorizados de certificación y contribuyentes de todos los sectores de la economía, el pasado 22 de noviembre, el SAT publicó en su portal el anuncio de las facilidades para la implementación del nuevo esquema de facturación electrónica. Es decir, una prórroga que extiende el periodo de convivencia entre ambas versiones hasta el 31 de diciembre de 2017.

De acuerdo con el SAT, este nuevo periodo tiene como objetivo a largo plazo facilitar la adaptación de los contribuyentes a los rediseños y automatización de procesos que eventualmente, según remarca el anuncio, permitirán en los próximos años eliminar declaraciones informativas, reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica y ofrecer declaraciones mensuales prellenadas de IVA, ISR e IEPS.

En resumen, este nuevo periodo de convivencia opcional implica lo siguiente:

  • Los contribuyentes podremos seguir emitiendo CFDI en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre de 2017.
  • A partir del 1 de enero de 2018, la única versión válida para CFDI será la 3.3.
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018.
  • El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio de 2018.
  • Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.

Aunque el periodo obligatorio inicia el primer día de 2018, en DIGIBOX te invitamos a que, si no has comenzado a utilizar la versión 3.3 de tu facturación electrónica, lo hagas cuanto antes. De esta manera, podrás identificar todas las posibles dudas y resolverlas antes de la entrada en vigor de la versión 3.3 como única opción válida para emisión de CFDI.

Con información del SAT.

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EL SAT AMPLÍA EL PERIODO DE CONVIVENCIA DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA 3.3
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EL SAT AMPLÍA EL PERIODO DE CONVIVENCIA DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA 3.3
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Con la nueva estructura de facturación, el SAT busca que le indiquemos cuál será el uso que nuestros clientes le darán a las facturas que les emitimos. Es decir, si la requieren para presentar deducciones personales, como un gasto, una inversión, etc.
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